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Ley de amparo minero posterga pago de patentes y suspende remates hasta febrero de 2027

Además elimina la patente progresiva e incorpora nuevos beneficios para la pequeña y mediana minería.
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La Ley de amparo minero entró en vigencia este 5 de noviembre tras su publicación en el Diario Oficial. La normativa posterga hasta el 28 de febrero de 2027 el pago de las patentes mineras correspondientes a 2026 y suspende los remates de concesiones de exploración y explotación en todo Chile. La Ley N°21.853 también elimina la patente progresiva, establece nuevas condiciones para acceder a rebajas y amplía los beneficios destinados a la pequeña y mediana minería. Además, contempla la condonación de recargos por mora y convenios de pago en cuotas de hasta 12 meses.

Uno de los principales efectos inmediatos de la nueva legislación corresponde al aplazamiento del pago anual de patentes mineras de 2026. Los titulares de concesiones tendrán plazo hasta el 28 de febrero de 2027 para cumplir con esta obligación. La medida también suspende los remates asociados a concesiones de exploración y explotación en todo el territorio nacional. Según establece la normativa, la Tesorería General de la República (TGR) deberá condonar los recargos por mora o retraso correspondientes al período. Asimismo, los interesados podrán solicitar convenios de pago en cuotas mensuales, periódicas y sucesivas. Estos acuerdos podrán extenderse hasta por 12 meses, facilitando el cumplimiento de las obligaciones económicas del sector.

Nueva legislación elimina la patente minera progresiva

Entre los principales cambios estructurales destaca la eliminación del sistema de patente progresiva, que alcanzaba hasta 12 UTM por hectárea. En su reemplazo, la ley establece una tarifa fija de 0,4 UTM por hectárea para las concesiones de explotación.

Este cambio busca reducir los costos que afectaban especialmente a los pequeños y medianos productores mineros. La modificación también pretende entregar mayor certeza económica a los titulares de concesiones. Otro cambio relevante corresponde a la ampliación de las causales para acceder a una patente rebajada de 0,1 UTM por hectárea. La legislación elimina requisitos burocráticos relacionados con parentescos y tipos societarios.

Además, incorpora una nueva causal vinculada a la exploración minera. Esta modificación evita que los productores deban presentar los mismos antecedentes documentales cada año. La normativa también extiende el beneficio a arrendatarios y personas que exploten legítimamente una mina. Asimismo, mantiene la rebaja mientras el proyecto cuente con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) vigente o permanezca en evaluación ambiental.

Nuevos beneficios para la pequeña minería

La Ley N°21.853 incorpora un régimen especial para titulares de hasta 500 hectáreas que desarrollen trabajos mineros. Para acceder, los productores deberán estar empadronados en ENAMI o en otro poder de compra reconocido. Quienes cumplan estas condiciones podrán mantener una patente rebajada durante cinco años. Esta disposición busca entregar mayor estabilidad económica a los pequeños productores y facilitar la continuidad de sus operaciones. La legislación también fortalece el régimen especial de postulación a beneficios para la minería artesanal y los pequeños productores. Entre sus modificaciones, elimina la exigencia de acreditar servidumbres mineras.

Además, aumenta la superficie que puede acogerse a una patente rebajada. Para la minería artesanal, el límite sube de 50 a 100 hectáreas, mientras que para los pequeños productores aumenta de 100 a 150 hectáreas. Otro cambio importante es la extensión del período de mantención del beneficio. La ley aumenta este plazo de dos a cinco años.

Cambios al sistema de patentes mineras

El biministro de Economía y Minería, Daniel Mas, destacó el alcance de la nueva legislación y su impacto en los productores de menor escala.

“Con la entrada en vigencia del nuevo régimen de patentes, estamos corrigiendo y simplificando una legislación que puso en riesgo el desarrollo de cientos de proyectos de la minería artesanal, pequeña y mediana a lo largo del país”, señaló la autoridad.

Por su parte, el subsecretario de Minería, Álvaro González, sostuvo que la normativa entrega nuevas oportunidades a cientos de mineros. Respecto de la postergación de pagos y los remates, enfatizó que se trata de una medida excepcional y transitoria.

Aplicación de los nuevos beneficios

Aunque la Ley N°21.853 ya entró en vigencia con su publicación en el Diario Oficial, algunas modificaciones requieren disposiciones complementarias para su aplicación. En particular, los cambios de los artículos 142 bis y 142 ter comenzarán a regir una vez publicado el Reglamento del Código de Minería. Este instrumento deberá establecer las condiciones y procedimientos para acceder a los nuevos beneficios.

El artículo 142 bis aborda los montos de las patentes anuales y las causales para acceder a rebajas. En tanto, el artículo 142 ter establece el nuevo régimen especial para la pequeña minería, dirigido a titulares de hasta 500 hectáreas. Con estos cambios, la legislación busca simplificar el sistema de patentes, reducir las cargas económicas y entregar mejores condiciones para el desarrollo de la actividad minera en Chile.